SERVICIOS

Tenemos 24 años ofreciendo servicios de calidad: Confiables, oportunos, veraces, rendición de cuentas, trato respetuoso, cálido y cordial. Analizamos el negocio, presentamos un diagnóstico y un presupuesto. Firmamos un contrato de servicios profesionales dependiendo de los objetivos, la magnitud de tu negocio, las correcciones y la empresa tendrá información calificada para la toma de decisiones. 

ESTOS SON NUESTROS SERVICIOS:

  • CONTABILIDAD.
  1. Contabilidad financiera.
  2. Registro contable.
  3. Elaboración y presentación de Estados financieros: Balance general, Estado de resultados, Balanza de comprobación, Estado de origen y aplicación de recursos, flujo de efectivo.  
  4. Asesoría, planeación y ejecución de controles internos para bancos y efectivo, inventarios, cuentas por pagar y por cobrar.
  5. Presupuestos para control de egresos.
  6. Análisis de utilidades o pérdidas.

  • FISCAL.  
  1. Asesoría fiscal.
  2. Personas físicas y morales.
  3. Régimen Simplificado de Confianza, Actividades empresariales y profesionales, Arrendamiento, (Incorporación Fiscal), AGAPES. Ingresos en copropiedad.
  4. Complianse fiscal SAT, IMSS, INFONAVIT, GOBIERNO DEL ESTADO, en materia de pago de contribuciones y procedimientos fiscales para evitar errores fiscales y sanciones. 
  5. Declaraciones anuales. provisionales y definitivas de impuestos.
  6. Declaración anual de sueldos y salarios.
  7. Reparto de dividendos y entrega de constancias de retenciones a los socios.
  8. Registro de nuevos socios en el SAT.
  9. Solicitud de devolución de ISR e IVA, personas físicas y morales.
  10. Determinación de impuestos correspondientes de acuerdo al régimen tributario.
  11. Contestación de requerimientos.
  12. Trámite para reducción de multas.
  13. Pagos en parcialidades o diferidos.
  14. Cálculo de nómina de trabajadores, emisión de CFDi de nómina (Contpaq nóminas), Listas de raya, entero de ISR retenido por sueldos y salarios, pago de Impuesto Sobre Nóminas (Gobierno del Estado). Determinación, en su caso de crédito al salario entregado a los trabajadores.
  15. Movimientos IMSS de trabajadores, pago de liquidaciones mensuales, determinación de prima de Riesgo de Trabajo.
  16. Registro de obra IMSS y envío de informativas, finiquito de obra.

  • AUDITORÍA.
  1. Auditoría interna para bancos y efectivo, inventarios, cuentas por cobrar y por pagar.
  2. Seguimiento de observaciones de auditoría.

  • ADMINISTRACIÓN.
  1. Contrato de arrendamiento.
  2. Contrato de servicios profesionales independientes. (Honorarios o Asimilados)
  3. Contrato de comodato.


Si vas a iniciar un negocio, si tienes un negocio en marcha y no lo has registrado oficialmente, esto puede causarte duras consecuencias con las autoridades respectivas. Ellas, por simple evolución de los sistemas, también cuentan con formas sofisticadas para obtener información sobre tu situación irregular y tu buena suerte tal vez pronto termine. No contrates servicios que te "ayuden" a eso, no te arriesgues, no evadas impuestos, si ya estás registrado no compres facturas, emite las que te corresponden, paga a tiempo tus declaraciones, entrega la información que te solicitan, porque la materia del pago de impuestos es muy delicada. Contáctanos y juntos encontraremos la mejor manera de ponerte al corriente.

7 ERRORES DE LA FALTA DE CONTROL DE LOS TRABAJADORES

El manejo efectivo de una empresa, sea cual sea su tamaño requiere poner atención en la áreas clave, a fin de evitar problemas presentes o futuros. 

Una de estas áreas es la de Recursos Humanos o también conocida como Capital Humano, y a falta de esta y de personal adecuado para su manejo, suceden estos 7 errores que te presento a continuación:



1.- FALTA DE ORGANIGRAMA.

El ORGANIGRAMA es una representación gráfica de la forma en la que esta estructurada tu empresa, ayuda para; Establecer departamentos, eliminar trabajos dobles, determinar responsables para cada actividad, determinar niveles jerárquicos, elaboración de presupuestos de mano de obra y materiales.




2.- CONTRATO DE TRABAJO VERBAL.

De acuerdo a las estadísticas, entre el 75 y 85% de los empleadores, es decir, de los patrones en México contratan a sus trabajadores sin hacerles firmar al menos un Contrato Individual de Trabajo de conformidad con los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Trabajo. Este error es muy grave porque el trabajador desconoce formalmente cuales son sus obligaciones, su horario de trabajo y sus derechos. Por todo lo anteriormente expuesto, es necesario elaborar un contrato de trabajo, pero no de los que se compran en una papelería, sino uno que se adapte adecuada y exclusivamente a la necesidades y objetivos de la empresa.




3.- CÁLCULOS INCORRECTOS DE RETENCIONES IMPUESTOS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

Cuando son más de 5 los trabajadores de una empresa, es necesario contar con un sistema especializado de nóminas y programarlo que realice todos estos cálculos correctamente.
Es importante tomar en cuenta que para contratar a un trabajador debemos contar con información personal completa, a fin de elaborar su Contrato Individual de Trabajo, darlo de alta en el Seguro, y elaborar su recibo de nómina cumpliendo todos los requisitos fiscales y legales. 




4.- FALTA DE SUPERVISIÓN.

Cuando una empresa carece de supervisión o tiene poca, hay mucho descontrol,  se desaprovechan los talentos de las personas, se desperdicia material y se utiliza el equipo para fines diferentes a los que fue adquirido. En cambio, para una empresa que tiene sus objetivos debidamente planeados y calendarizados es necesario establecer un medio de control de horarios y de evaluación de resultados, apoyados en el punto 1 del Organigrama. También podría funcionar para detectar a los trabajadores más destacados y ofrecer compensaciones en base a los resultados obtenidos.



5.- PAGO DE SALARIO MÍNIMO. 

El Artículo 123 inciso A, fracción VI, párrafo II  de nuestra Carta Magna dice: "Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas."

La realidad en México es que el salario mínimo general es de 123.22 pesos diarios no es suficiente para un trabajador y su familia, por lo tanto, es indispensable que los patrones no consideren este salario mínimo como máximo que debe pagarse, sino que para contratar a un trabajador y lograr que cumpla con sus obligaciones de manera satisfactoria, se haga un esfuerzo para pagarle un salario de acuerdo a sus actividades, así como poner a su alcance los materiales, instrumentos, maquinaria e indumentaria necesarios para el correcto desarrollo de sus actividades.




6.- PRESTACIONES INFERIORES A LAS DE LEY.

Dice un dicho "no hagas a otros lo que no quieras que te hagan a ti", con esto intento persuadir a los empresarios para que no cometan o sigan cometiendo este error de no dar las prestaciones mínimas de Ley a sus empleados o no darlas completas, ya que las autoridades cuentan con tecnología para comunicarse entre dependencias y descubrir qué patrones están en estas prácticas, corregirlos e imponerles severas multas por sus irregularidades.






7.- .NO ADMITIR LA OPINIÓN DE LOS TRABAJADORES.

Es verdad que lo primero que debe saber un trabajador de nuevo ingreso es; cuales son sus derechos y obligaciones, cuales son las "reglas del juego", es decir, lo que está permitido y lo que no está permitido, cual es su jefe inmediato y las personas a su cargo, todo esto debería estar establecido en un manual de procedimientos y en el reglamento interno y se debe vigilar su estricto cumplimiento. Esta muy bien, pero al mismo tiempo, se debe promover entre los trabajadores la confianza para expresar a sus superiores los problemas, inconvenientes, retrasos y todos los obstáculos que hacen lento cumplir con algún procedimiento y así, provocar una mejora continua en el funcionamiento de la empresa. 

  












DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS ¿ESTOY OBLIGADO A PRESENTARLA?


En los últimos años, sobre todo durante el mes de abril, el SAT a promovido e invitado a los contribuyentes personal físicas, a presentar declaración anual para solicitar devolución de impuesto sobre la renta (ISR), pero... ¿aplica esto a todas las personas físicas?, ¿está garantizado que aquel que presenta declaración anual, por consecuencia tendrá impuesto a favor y no a cargo?. A continuación desarrollaré este tema:

El Artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece de manera general para las Personas Físicas inscritas en el Registro Federal de contribuyentes con alguna de las actividades abarcadas en el Título IV de la citada Ley, la obligación de pagar dicho impuesto y dependiendo de la actividad se establecen las formas de pago, las cuales pueden ser: pago definitivo mensual, bimestral, trimestral y semestral o mediante declaración anual, con la obligación (salvo algunas excepciones) de pagos provisionales, o dijéramos abonos, mensuales a cuenta del impuesto anual.

Ahora bien, las actividades por las cuales las Personal Físicas están obligadas a presentar declaración anual son:

  • Ingresos por actividades empresariales y profesionales.
  • Ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
  • Ingresos por enagenación de bienes.
  • Ingresos por adquisición de bienes.
  • Ingresos por intereses.
  • Ingresos por dividendos. 
  • Otros ingresos, de conformidad con el Título IX de la LISR, y
  • Ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
En este último caso, quien tribute en este régimen estará obligado a presentar declaración anual cuando:
  1. Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo. 
  2. Hayan obtenido ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.
Además, los contribuyentes asalariados podrán optar por presentar la declaración anual, para acreditar contra el pago de su impuesto sobre la renta anual, las deducciones personales contenidas en el artículo 151 de la ley en comento. Para elegir esta opción, es necesario estar seguro que se tienen deducciones personales suficientes para obtener saldo a favor, de lo contrario, al hacer los cálculos respectivos podría resultar impuesto a pagar debido a la aplicación de la tarifa anual y la proporción de subsidio que debió corresponderle. 

Para todos los que presentan declaración anual, ya sea por obligación u opcionalmente, a continuación presento las deducciones personales:

DEDUCCIONES PERSONALES:  

Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual, tales como: 
  • Gastos médicos, dentales, hospitalarios (sin incluir medicamentos), exámenes clínicos, aparatos ortopédicos y lentes, para ti o para familiares en línea recta ascendentes o desentiendes. Primas de seguros de gastos médicos. 
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios. Bancos, Infonavit, Issste, etc. 
  • Gastos de funeral en línea recta ascendentes o desentiendes. 
  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios, para ti o tus hijos. 
Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): 

- Preescolar: 14,200 pesos. 
- Primaria: 12,900 pesos.              
- Secundaria: 19,900 pesos. 
- Profesional técnico: 17,100 pesos. 
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos. Transporte escolar, sólo si es obligatorio 

Nota importante: Para que estos gastos sean deducibles, requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo. Además, el comprobante debe mostrar el “uso de CFdi” según corresponda, del grupo de los “D”=”Deducciones Personales” 


C.P. Miguel Ángel Campos Munguía.
coFIaa profesionales


 

AVISO IMPORTANTE A LOS EMPRESARIOS Y EMPRENDEDORES

                    Aviso importante!

En México pagar impuestos es una obligación constitucional, emanada de nuestra Carta Magna o Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en al artículo 31 fracción IV que dice:

"Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: 
I. ... 
II. ... 
III. ... 
IV.  Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

El SAT es la institución se encarga de recaudar los impuestos que nos corresponde pagar a todos los ciudadanos que por el desarrollo de nuestras actividades y las leyes fiscales aplicables, estamos obligados a pagar.

En coFIaa profesionales nos sigue sorprendiendo como existen empresarios mal asesorados, que aplican supuestas medidas de "planeación fiscal" rudimentarias y anti diluvianas, que cabe duda que ya han sido descubiertas y que quien las lleva a la práctica, esta expuesto a que el SAT, dependiendo de la gravedad de la situación, mande requerimientos, multas, auditorias y acabar, tal vez, con un patrimonio de toda la vida en muy poco tiempo.

Las autoridades fiscales tienen a su disposición, la tecnología de punta con la que pueden determinar: errores u omisiones en las declaraciones, facturas apócrifas o falsas, desarrollo de actividades vulnerables, operaciones probablemente inexistentes, etc. 

No se arriesgue a perder su patrimonio o aun más, su libertad, ya que algunos delitos fiscales no solo establecen cuantiosas multas a los contribuyentes, sino además, son delitos penales.

Tenemos a su disposición nuestros servicios para asesorarlo adecuadamente y ofrecerle planes, de acuerdo a su situación.

No haga desidia, no deje las cosas para el último comuníquese ahora mismo y solicite una cita, que con discreción atenderemos.





  

EL PLAN



        Lo único que no cambia es que siempre hay cambios, nuevas oportunidades para sacar adelante nuestro negocio o crear uno; actualidades, modas, retos, creatividad y tecnología que pueden ser aprovechadas para vender productos o servicios. 

         Aun así, es necesario entender las nuevas formas de consumo de nuestros posibles clientes, saber ofrecer productos y/o servicios de calidad, con una gama de precios de acuerdo a sus necesidades y posibilidades. Aunado a esto, México es uno de los países con más burocracia; tanto al momento de emprender nuestro negocio como para el pago de contribuciones, pareciera que las leyes de la materia se empeñan en hacer las cosas cada vez más difíciles, mientras que a usted no le queda claro, o simplemente no está interesado en prender.

         Con todo esto de la tecnología, los recaudadores de Contribuciones: el SAT, IMSS, INFONAVIT, Secretaría de Finanzas del Gobierno de Nuestro Estado, los Permisos Municipales y otros especiales de acuerdo a la naturaleza de nuestro negocio, todos estos han evolucionado y tienen cada vez más información acerca de comerciantes, prestadores de servicios y arrendatarios.  

         En relación con el pago de contribuciones, cualquier error o falta de información puede provocar molestias de requerimientos, revisiones y multas notificadas en su domicilio o por correo electrónico y creando incertidumbre en sus clientes de no ser un contribuyente cumplido. El Uso de cuentas y tarjetas bancarias, cuentas saldazo y departamentales "personales" pueden traerle muchos dolores de cabeza, el SAT lo puede dar de alta con solo su CURP y usted no se dará cuenta hasta que le llegue una multa, porque como el SAT no tiene su domicilio ni su correo electrónico, le notificará en la página del SAT, cosa que usted no revisa. 

         Usted, como dueño o administrador del negocio debe implementar medidas para aumentar sus clientes y mantener los que ya tiene, generando así mayores ingresos, algo que me parece extraordinario. Ahora bien, hay un momento de crecimiento de su negocio en que ya no puede usted solo hacer todo y mucho menos algo tan delicado como el cálculo de contribuciones, usted debe dar la oportunidad para que una empresa o persona profesional especializada realice esta actividad.

     ¡Ahora le tengo una buena noticia!, corte de tajo esa preocupación, coFIaa Contadores puede platicar con usted y presentar la mejor opción en calidad y servicio a la medida de las necesidades de su negocio, sea cual sea la ciudad o comunidad de México donde se encuentre. Gracias a la tecnología ya no es necesario llenar tantos papeles y hacer tratos cara a cara, todo está automatizado para que tenga información precisa a la mano y ni que hablar de los medios de comunicación Whats App, Facebook, Twitter, tan lejos como su teléfono inteligente.

 coFIaa contadores ASESORES PROFESIONALES EN CONTABILIDAD, FISCAL, ADMINISTRACIÓN Y AUDITORÍA.



¿Quieres tener una empresa de calidad?

sigue éstos 4 pasos:

 1. BIEN SER: Ser trabajadores, ser puntuales, ser ordenados, ser disciplinados. 

2. BIEN HACER: Si vas a trabajar hazlo bien, si vas a jugar con tus hijos hazlo bien, si te vas a bañar hazlo bien, como si hoy fuera el último día que lo vas a hacer, da lo mejor de ti.

3. BIEN ESTAR: Son las personas que da a los que lo rodean más de lo que reciben y al ir a la cama a descansar, estarán contentos de haber dado lo mejor. 

4. BIEN TENER: Aquel que se siente bien con lo que hace diariamente, tarde o temprano, logrará este punto del bien tener. Por favor, NO busques llegar a éste cuarto punto sin haber pasado por el bien Ser, por el bien Hacer y mucho menos por el bien Estar."

Carlos Kasuga.

 

PARA PREGUNTAS O CITAS CONTÁCTANOS EN:
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Celular: 312 135 06 08 Whats App

Colima, México.